domingo, 24 de marzo de 2013

Una sentencia a los noventa


El pasado 8 de marzo, en plena celebración del Día Internacional de la Mujer, la Sala I de la Cámara de Casación Penal, integrada por los camaristas Raúl Madueño, Juan Gemignani y Luis Cabral, revocó la sentencia de absolución del Tribunal Oral en lo Penal Económico N° 3 a favor del ex presidente de la Nación, Carlos Saúl Menem y otros diecisiete imputados en la causa por contrabando agravado de armas entre 1991 y 1995 a Ecuador y Croacia, durante el desarrollo de los conflictos bélicos, en los cuales la República Argentina cumplía un rol de mediación e intervención, frente al mandamiento de Naciones Unidas que prohibía la venta de material bélico a los países en situación de guerra. En un fallo con un cuerpo de más de doscientas fojas, y en virtud de las pruebas, la Cámara declaró culpables por el delito invocado a los imputados Carlos Menem, Diego Palleros, Teresa Irañeta Manuel Cornejo Torino, Oscar Camilión, Jorge Antonio Cornejo Torino, Luis Sarlenga, Carlos Haroldo Fusari, Carlos Alberto Nuñez, Julio Jesús Sabra, Edberto González De la Vega y Carlos Jorge Franke, dejando al Tribunal Oral en lo Penal Económico la fijación de la condena, en virtud del disenso entre los magistrados, que no obstante, ratificaron la absolución de los ex funcionarios Emir Yoma, Mauricio Muzi y Enrique Julio de la Torre.

En la espera de la actuación de la Justicia, si bien la sentencia no es firme, empero ejecutable, el actual senador nacional de La Rioja por el Frente para la Victoria – Partido Justicialista, podrá apelar la decisión de Casación Penal ante la Corte Suprema, mediante un recurso extraordinario federal que funde una arbitrariedad de gravedad institucional en el proceso de la imputación del crimen. De no hallarse el sustento que funde tal recurso – y así el Tribunal de Alzada lo considere – la sentencia a los noventa deberá hacerle frente a la impunidad del legislador oficialista, quien goza de inmunidad parlamentaria por los fueros que le son propios (Art. 69° de la CN), mientras dure su mandato constitucional (2011-2017). Frente a ello, corresponderá a la Cámara de Senadores, en invocación de sus atribuciones, hacer a la aplicación del artículo 66° de la Constitución Nacional, que bajo la figura de “inhabilidad moral sobreviniente a su incorporación”, podrá excluirlo del cuerpo legislativo, dejando así, al ex mandatario del neoliberalismo, a disposición de la Justicia.

Sin embargo, la decisión de la expulsión de Menem, quien conformó su monobloque aliado al bloque mayoritario que preside su ex candidato noventista, el rionegrino Miguel Angel Pichetto, quedará en manos de un oficialismo que cuenta con treinta y dos escaños propios (sin sumar a los dos senadores fueguinos de Nuevo Encuentro y al senador porteño independiente Samuel Cabanchik) de un total de setenta y dos, entre los cuales la Unión Cívica Radical (UCR) -con catorce bancas- y el Interbloque Frente Amplio Progresista (FAP), integrado por los senadores Luis Juez, Norma Morandini, Rubén Giustiniani, Jaime Linares – cuya fuerza, el GEN, confirmó su apoyo a la expulsión del ex presidente – y María Eugenia Estenssoro, aportarían un total de diecinueve bancas, cuya sumatoria excedería los dos tercios necesarios para el desafuero. Lejos de ello, quedará la fijación de la postura de sus históricos aliados del peronismo disidente, entre quienes se encuentran el ex Gobernador de Salta, Juan Carlos Romero, quien fue su compañero de fórmula presidencial en “la histórica” del año 2003, el ex presidente Adolfo Rodríguez Saá y el ex Gobernador de Santa Fe, Carlos Reutemann.

La sentencia a uno de los crímenes institucionales de la década infame de los noventa, pende del bloque del kirchnerismo, que deberá decidir si otorgar su aval para remover la inmunidad que goza uno de sus senadores o conservar al riojano entre sus filas, ante su indiscutido acompañamiento en las votaciones del Senado durante los últimos años del Gobierno de Cristina Fernández de Kirchner. Una decisión que podrá ratificar y reinvindicar el circunstancialmente cuestionado perfil “Nac&Pop” del kirchnerismo ‘popular’, o consolidar las bases de su faceta más conservadora y neoliberal, en la sustentación de liderazgos del caudillismo justicialista que evocan los gobernadores Daniel Scioli (Buenos Aires), Luis Beder Herrera (La Rioja), José Luis Gioja (San Juan), Gildo Insfrán (Formosa), Eduardo Fellner (Jujuy), José Alperovich (Tucumán), Lucía Corpacci-Saadi (Catamarca) y Jorge Sapag (Neuquen), todos alineados a la Casa Rosada de hoy, y de los noventa. Una decisión que pondrá en evaluación crítica, la coherencia del relato ideológico de un kirchnerismo llamado a ser progresista y latinoamericanista.

Columna de Opinión publicada el 24/04/2013 para Portal Zona Norte.

Fuente: http://www.portalzn.com.ar/2013/03/una-sentencia-a-los-noventa-por-guido-carera/